Miércoles, Julio 03, 2024
   
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Una madre pagará 100 euros por incumplir el régimen de visitas de su hijo

La Audiencia Provincial ha confirmado una sentencia del juzgado de Instrucción número 6 de San Javier que condenó a una mujer a pagar 100 euros por no llevar a su hijo al colegio, donde debía recoger el padre, con lo que no cumplió con el régimen de visitas establecido.

Un hombre acudió el 8 de mayo de 2009 a un colegio de San Javier para recoger a su hijo, pero éste no estaba. Molesto porque no era la primera vez que sucedía, presentó una denuncia contra su ex mujer en los juzgados de San Javier por una supuesta falta de incumplimiento de las obligaciones familiares.

El juez Roberto Fernández, tras la celebración del juicio, consideró que la madre era responsable de una falta del artículo 618.2 del Código Penal y la condenó a pagar 25 días de multa a razón de 4 euros diarios, con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertada por cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como al pago de las costas procesales. También le recordó la obligación de cumplir con el régimen de visitas.

La madre presentó un recurso contra esa sentencia en la sección quinta de la Audiencia Provincial, donde hizo hincapié en que existían denuncias cruzadas esos días 8 y 9 de mayo entre la ex pareja. También volvió a exponer que el niño no fue al colegio por enfermedad y que le resultó imposible acudir al acto del juicio de faltas, así como las dificultades para contactar con el denunciante y avisarle. El tribunal matiza que esta causa contempla esas dos denuncias son independientes y que esta causa sólo contempla a una de ellas. Respecto a la enfermedad del niño, apunta que el certificado médico tiene fecha de 23 de junio cuando el incumplimiento se produjo el 8 de mayo.

 

 

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