El juzgado de Lo Penal número 1 de Cartagena, en sentencia que ha confirmado la Audiencia, condena a una mujer a pagar casi mil euros por los tres meses en que residió en una vivienda abandonada de Santiago de la Ribera (San Javier), propiedad de una inmobiliaria.
La jueza determinó que era culpable de un delito de usurpación (art. 254.2 del Código Penal) y la condenó a un mes y quince días de multa con cuota diaria de tres euros. La sentencia fue recurrida, alegando que no existió vocación de permanencia en el inmueble (no cambió la cerradura ni incorporó muebles), pero la sección quinta de la Audiencia, a través del magistrado José Francisco López Pujante, entiende que los tres meses que en ella residió reflejan que sí hubo cierta vocación de permanencia.
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