Miguel A.L.S. ha sido condenado a seis meses de cárcel por el robo de un calentador en una vivienda deshabitada y, al reincidir, tendrá que cumplir también una pena de dos años de encierro que estaba en suspenso.
Un delincuente no tiene que entrar en prisión cuando es condenado a una pena de cárcel inferior a dos años y carece de antecedentes, quedando ésta en suspenso, activándose sólo si reincide. Es lo que ha provocado un acusado cuando entró en una casa que llevaba años sin moradores e intentó llevarse un calentador. Los vecinos avisaron al teléfono de Emergencias 1-1-2, acudiendo agentes de la Policía Nacional, llevando a cabo su detención.
El asunto llegó al juzgado de Lo Penal número 3 de Cartagena, donde la Fiscalía solicitaba una condena de nueve meses de cárcel, siendo Elena Ramón Valverde quien ejerció, de oficio, la defensa del imputado.
La pena final establecida por el juez Raúl Sánchez quedó en seis meses, que ahora se sumarán a los dos años de prisión que tenía Miguel en suspenso.
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