Domingo, Julio 07, 2024
   
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El TSJRM desestima un segundo recurso de UGT contra el Plan de Empleo Municipal de San Javier

La Sala de Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Murcia ha desestimado el recurso de apelación que interpuso la Federación de Servicios Públicos-Unión General de Trabajadores, UGT, de Murcia contra la sentencia del juzgado de Lo Contencioso-Administrativo número 1 de Cartagena, que consideraba ajustado a la ley el Plan de Empleo Municipal de San Javier.



Ésta es la segunda ocasión en que los tribunales rechazan sendos recursos de UGT contra el Plan de Empleo Municipal, dando la razón al ayuntamiento de San Javier. La sentencia de la Sala del Tribunal Superior de Justicia, que es firme, mantiene la imposición a UGT del pago de las costas procesales fijadas en cerca de 6.000 euros.

El concejal de Personal del Ayuntamiento de San Javier, José Manuel Alarte, consideró que “se trata de una buena noticia para el ayuntamiento de San Javier” y resaltó que la Justicia "está avalando, una vez más, un Plan que se sumaba a otras medidas de ajuste y ahorro que nos habría gustado no tener que poner en marcha, pero que resultaron tan necesarias como eficaces”.

Alarte añadió que “afortunadamente” el Plan de Empleo, a través de las medidas de ajuste contempladas en el primer año de legislatura,  ha permitido después que se pudiera aprobar un nuevo acuerdo de las condiciones de trabajo para los empleados del Ayuntamiento de San Javier hasta 2015 que fue firmado por todos los sindicatos  con representación en el Ayuntamiento, que recupera gran parte de las ayudas sociales que suprimía el Plan de Empleo.

El edil de Personal señaló, asimismo, que el conjunto de medidas económicas introducidas desde el primer momento de la legislatura han permitido tres años después, contar con unas cuentas saneadas, pasando  de una situación de más de 2 millones de déficit a un superávit actual que permitirá  llegar a los 3,5 millones de inversión total durante este año, con la suma de 2,3 millones procedentes del superávit municipal y lo ya previsto en el presupuesto general.

 

 

 

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