CGT ha logrado en los tribunales que La Manga Club pague el plus de nocturnidad al 25 por ciento a sus trabajadores, en lugar del 10 por ciento que les estaba abonando hasta ahora. La Sentencia de 28 de marzo de 2014, del Juzgado de lo Social número 2 de Cartagena, estima la demanda contra la empresa por la nocturnidad.
Se consigue así que durante el turno de noche, la empresa recompense con el complemento del 25% del salario base sobre cada hora nocturna realizada marcado en el artículo 13 del Convenio Colectivo de Hostelería de la Región de Murcia.
Es decir, las horas nocturnas se pagan con un complemento del 25% que no estaba siendo respetado, pues la empresa solamente pagaba la nocturnidad con un complemento del 10% sobre el salario base, alegando que el trabajo es nocturno por su propia naturaleza y que, según convenio, cuando el trabajo tiene dicha condición el complemento debe limitarse a ese 10%.
Sin embargo, se ha demostrado que el trabajo no es nocturno por su propia naturaleza, sino un trabajo ordinario que se realiza circunstancialmente por la noche, y por ello se tiene derecho al complemento del 25% marcado en el convenio.
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