La Audiencia ha anulado, por un defecto de forma, la condena que un juzgado de San Javier impuso al propietario de la vivienda que le dijo a los que habían ocupado su vivienda: "Os vais por las buenas o por las malas, hijo de puta, okupa".
La condena del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de San Javier por una falta de coacciones consistía en una multa de cien euros y abono de costas. El recurso presentado ante la Audiencia indica que existió ausencia de citación en forma, ya que se hizo de forma telefónica, lo que considera el magistrado que no es una forma idónea para emplazamientos y citaciones a un juicio oral. Finalmente anula la sentencia y emplaza a un nuevo señalamiento.
Prohibida la publicación de fotografías de este diario digital con la marca 'CYA' en cualquier publicación o en Internet sin autorización.
Powered by Web Agency