Sábado, Julio 06, 2024
   
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Confirmada la sentencia por la que los guardeses del Huerto de las Bolas no tendrán que abandonar la

La sección quinta de la Audiencia Provincial ha confirmado la sentencia del juzgado de Primera Instancia número 2 de Cartagena que consideró que los residentes de la vivienda anexa al edifico principal del Huerto de las Bolas, en Los Dolores-San Cristóbal (Cartagena), no son meros inquilinos y que llevado a cabo una labor de mantenimiento de la finca como guardeses. El matrimonio integrado por Juan Antonio Infante y Antonia Fajardo han estado representados en esta causa por la abogada de oficio María Antonia Álvarez García-Vaso.



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El juzgado de primera instancia desestimó la demanda del Ayuntamiento  con una sentencia que fue recurrida ante la Audiencia y que ha resuelto un tribunal integrado por José Manuel Nicolás, Miguel Ángel Larrosa (ponente) y Fernando Fernández-Espinar. En sus razonamientos, entre otros, indica que comparte la conclusión del anterior fallo sobre la ausencia de relación arrendaticia entre el demandado y la anterior propietaria, y, por extensión, la no continuación parte del Ayuntamiento de tal relación contractual. Refrenda esta conclusión con una serie de indicios. "No existe duda alguna para este tribunal de la no vigencia del contrato de arrendamiento y la ocupación de la finca por los demandados como caseros de la finca mientras ésta era propiedad privada, lo que implica la falta de base para la posible estimación de las acciones ejercitadas en la demanda objeto de este proceso al no estar regida la ocupación por contrato de arrendamiento alguno, por lo que no puede hablarse de falta de pago de las rentas ni tampoco de extinción de un contrato inexistente".

 

 

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