La última reforma laboral pretendía, entre otros asuntos, facilitar la labor de los jueces en los casos de despidos objetivos, pero la realidad es que la faena sigue siendo tan complicada como antes. Un ejemplo es el de una empresa que alegó causas objetivas para despedir a un trabajador y que luego efectuó bastantes contratos temporales.
La empresa, del sector de gestón de residuos, despidió a un trabajador con contrato indefinido alegado causas objetivas, en este caso la situación económica, pero la realidad era diferente. El juez de Lo Social número 1 de Cartagena, Carlos Contreras, rechazó esa procedencia al considerar que no era suficiente para justificar esas causas económicas presentar sólo los datos de 2010 y 2011 y parcialmente los de 2012, pues la ley establece que debe producirse un "descenso persistente de ingesos". Además, revisando la vida laboral de la sociedad, detectó el elevado número de contratos temporadas que la empresa llevó a cabo durante bastante tiempo para reemplazar a la persona despedida.
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