Sábado, Julio 06, 2024
   
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Rechazan la petición de un joven de 24 de recibir pensión de su padre

El juzgado de Familia y la Audiencia han rechazado la petición de un joven de 24 años, que está en situación de incapacidad laboral, de que se restituya la pensión de alimentos que recibía por parte de su padre.

El juzgado de Primera Instancia número 6 de Cartagena declaró la extinción de la pensión de alimentos al joven en sentencia de mayo de 2012, la cual estaba concedida desde 1989. El fallo fue recurrido ante la sección quinta de la Audiencia Provincial, en Cartagena, alegando que el joven accedió en el mercado laboral en 2006, pero que desde entonces sólo acreditó 3 años y 30 días, por lo que no se puede considerar continuidad laboral, además de reseñar que sufre problemas de salud, en concreeto una lumbociatalgia y una hernia discal, que le impide trabajar y obtener ingresos. El tribunal considera que se incorporó plenamente al mercado laboral, sin que el hecho de que esté en situación de incapacidad laboral sea obstáculo para dicha consideración. También matiza que recibió prestaciones por desempleo hasta 2009 y que no se ha certificado si ahora recibe prestaciones por incapacidad laboral.

 

 

 

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