La Audiencia Provincial considera que no quedó probado que un hombre insultase y golpease con unas carpetas a la ex esposa de su hijo y revoca una sentencia anterior de un juzgado de Instrucción.
El juzgado de Instrucción número 4 de Cartagena consideró probado que la mujer, al ir a recoger unos libros de texto al domicilio del padre de su ex pareja en el Llano del Beal (Cartagena), fue objeto de insultos ("muerta de hambre, no tienes donde caerte muerta, ladrona") y que a continuación le entregó tres carpetas propinándole un golpe a la altura del estómaga. Esto, supuestamente, sucedió el 11 de septiembre de 2011, y el 21 de marzo del presente año, el juez condenó al hombre a cinco días de trabajos a beneficio de la comunidad, a una falta de lesiones (120 euros) y a indemnizar con 30 euros a la mujer por las lesiones causadas.
La parte condenada recurrió ante la sección quinta de la Audiencia Provincial, que ha revocado esta sentencia alegando que existía una mala relación entre las partes (hay una denuncia anterior de la ex nuera contra su ex suegra) y que no hay prueba alguna que corrobe la denuncia, pro lo que es la palabra de uno contra la del otro.
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