Viernes, Julio 05, 2024
   
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Fue apresado por sus víctimas y acaba condenado a tres años de cárcel

Llamó a la puerta de una casa y al abrirse la puerta, agredió al propietario. Tras coger diversos objetos, decidió marcharse, pero se encontró con la mujer del hombre golpeado. Ambos forcejearon, lo que dio tiempo para que se levantase el hombre y que el matrimonio pudiese retener al ladrón. Tras el juicio, donde la abogada Carmen Barceló (en la fotografía) representó la acusación particular, el juez de Lo Penal número 3 le condenó a tres años de prisión, que ahora ha confirmado la Audiencia Provincial.



El pasado 14 de febrero, sobre las 21.30 horas, el acusado llamó a la puerta de una vivienda en Cartagena, golpeando a su inquilino cuando le abrió, además de arrancarle una cadena de oro. Con la víctima en el suelo, registró parte de la casa, de donde se llevó teléfonos móviles, un reloy y una libreta de ahorros, entre otros objetos. Sin embargo, cuando se disponía a marcharse, fue sorprendido por la esposa, que regresaba a su domicilio, produciéndose un forcejeo entre ambos, en el que se incorporó el marido, consiguiendo entre ambos retener al acusado hasta que llegó la policía, a la que había avisado una vecina.

El juzgado de Lo Penal número 3 de Cartagena, en base a esos hechos, condenó a esta persona por un delito de robo con violencia, a la pena de tres años de cárcel y 80 euros de multa, además las costas y de indemnizar al propietario de la casa con 270 euros por las lesiones causadas. El acusado, quien tenía como antecedente una pena de dos años por otro robo con fuerza, está en prisión sin fianza desde que fue capturado por sus víctimas, según dictaminó entonces el juzgado de Instrucción número 2. Además, se le impuso un orden de alejamiento de año y medio. En este juicio, la abogada Carmen Barceló representó a la acusación particular.

Esta sentencia del juez Fernando de la Fuente Honrubia fue recurrida por el acusado, alegando que se llevó, por error, unos objetos que creía que eran de su propiedad y que no hubo agresión sólo por su parte, sino una discusión que desembocó en una agresión mutua. El tribunal de la sección quinta de la Audiencia, con José Manuel Nicolás como ponente, considera que la sentencia tiene una base sólida y la confirma plenamente.

 

 

 

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