Viernes, Julio 05, 2024
   
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Impugna el alta médica tras serle concedida la incapacidad total por parte de la Seguridad Social

La situación es algo (o bastante) sorprendente. El médico le concedió a Isaac el alta para que volviese a trabajar cuando ya estaba en marcha un expediente que finalizó en la concesión de una incapacidad permanente total. Así, ayer, en el juicio celebrado ante el titular del juzgado de Lo Social número 1 de Cartagena, Carlos Contreras, el abogado del Instituto Nacional de la Seguridad Social no tuvo más remedio que aceptar la pretensión de la parte demandante, representada por el letrado Domingo Núñez. Aunque aún habrá que esperar que sea dictada la sentencia, todo hace apuntar que le será favorable al trabajador y que la Seguridad Social tendrá que pagar, con intereses, lo que se había ahorrado.



Isaac se cayó al suelo desde el tejado donde estaba realizando unos arreglos en su casa de campo. Sucedió en 2008, con nos cuenta en presencia de su abogado. A consecuencia de los dolores que sufría en la espalda y en la pierna estuvo un año con la baja. "Entonces pedí el alta voluntaria porque lo que quería era recuperar mi vida normal cuanto antes, pero en julio de 2010 tuve que volver a coger la baja y solicité pasar por un tribunal médico", explica. Su estado de salud seguía siendo un gran problema del que no terminaba de sanar. Sin embargo, en octubre de 2011 "el médico de la Casa del Mar me dice que me da el alta y que vuelva a trabajar". Llegó a estar ingresado en febrero de este año en un centro hospitalario y el pasado 15 de marzo, el expediente que había iniciado para solicitar la incapacidad permanente total para su profesión (trabajaba en un taller de soldadura de Pozo Estrecho) le es reconocido por la Seguridad Social por su problema en la pierna derecha.

Entonces, por vía judicial, impugna el alta médica y pide se compensado por los atrasos de los días de baja no cobrados. El letrado del INSS aceptó el período plantado y la base reguladora, con lo que el juez Carlos Contreras muy posiblemente emita una sentencia favorable al trabajador, quien ahora, con 27 años de edad, le queda una pensión de unos cuatrocientos euros, cantidad que tendrá que ampliar con otra actividad ajena a lo que era su profesión.

 

 

 

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