Viernes, Julio 05, 2024
   
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Concurrencia de culpas en la carretera

La Audiencia ha revocado la sentencia del juzgado de Primera Instancia número 4 de Cartagena sobre un doble accidente de tráfico y considera que un segundo accidente estuvo motivado por uno anterior y que hay concurrencia de culpas y, por tanto, reparto de gastos.

El primer accidente estuvo motivado al no ser respetada por el conductor de un Fiat Bravo una señal de Stop, provocando que, para evitar su colisión contra un Citroën Xantia, efectuase una maniobra de evasión que le llevó a invadir del carril por el que circulaba un Nissan, que no pudo detener el turismo a tiempo al no guardar la distancia de seguridad.

La sentencia, dictada en 2010, absolvió a la aseguradora Caser de responsabilidad, basándose en la mayor responsabilidad del conductor que no guarda la distancia de seguridad. Sin embargo, el tribunal de la sección quinta de la Audiencia, formado por José Manuel Nicolás, Miguel Ángel Larrosa (ponente) y Fernando Fernández-Espinar, considera que existió una concurrencia de culpas que influyeron en igual medida en el accidente, lo que supone apreciar que cada conductor cubra el 50% de los daños.

 

 

 

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