La CAM llevó a la vía penal a un matrimonio que ocupaba una vivienda propiedad de la entidad bancaria en Lo Campano, pero el juez ha rechazado la demanda al considerar que es un asunto que debe resolverse por la vía civil y que esta familia mostró voluntad de llegar a un acuerdo, intentando pagar una alquiler.
Un matrimonio, padres de un niño pequeño, ocuparon una vivienda de Lo Campano (Cartagena) propiedad de la CAM, que se opuso, incluso al intentar de esta familia de pagar un alquiler. La entidad metió el asunto en la vía penal por un supuesto delito de Ursurpación de Inmueble, pero el juez de la sala de Lo Penal número 3 de Cartagena, Fernando de la Fuente Honrubia, ha rechazado el asunto al indicar que debe resolverse por la vía civil y no la penal. La sentencia no es firme y puede ser recurrida.
El abogado que ha defendido los derechos de esta pareja, Rafael Piñana, manifestó su disconformidad hacia la CAM por recurrir a la vía penal, no presentándose al juicio. "Acciones como ésta, buscando una condena penal, cuando son asuntos civiles sobrecargan la Justicia y suponen costas económicas que se podrían evitar", manifestó.
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