Viernes, Julio 05, 2024
   
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Dos años de prisión para los rumanos que le rompieron la boca a un compatriota suyo

La sección quinta de la Audiencia Provincial ha condenado a un año de prisión para cada uno de los acusados de golpear y romperle la boca a un compatriota suyo en un bar de Cartagena. Además deberán indemnizar a la víctima conjuntamente en la cantidad de 3.642 euros. A Ion Claudiu y Robert Mihail, se les acusaba de un Delito de Lesiones y Amenazas, por haber golpeado y lesionado a Liviu en un bar de la ciudad y no haberle auxiliado.

Enlaces vinculados:

Dos rumanos niegan haberle roto la boca a golpes a un compatriota

Vídeos del juicio:

" target="_new">VÍDEO: El acusado Ion Claudiu responde a preguntas de la Fiscalía

" target="_new">VÍDEO: El acusado Ion Claudiu responde a preguntas de la defensa

" target="_new">VÍDEO: El acusado Robert Mihail responde a preguntas de la Fiscalía

" target="_new">VÍDEO: El acusado Robert Mihail responde a preguntas de la defensa


Durante el juicio, que se celebró el  26 de octubre, Ion y Robert aseguraron que no le propinaron una paliza a Liviu ni acudieron al bar con intención de pegarle, simplemente lo hicieron para hablar por unas supuestas amenazas que la víctima había hecho previamente a la novia de uno de ellos y querían solventar el problema. Ambos aseguran que Liviu se encontraba en un gran estado de embriaguez y que, cuando ellos entraron en el bar, Liviu se dirigió hacia ellos y perdió el equilibrio, momento en el cual cayó sobre los tres escalones de la entrada al recinto.

Liviu, por su parte, declaró que había estado bebiendo previamente con uno de los acusados y que tras irse éste del bar, le llamó por teléfono para que volviera. Tras un tiempo, Ion volvió al bar acompañado de Robert Mihail y directamente Ion le propinó un puñetazo en la cara, tras lo cual se cayó de la silla.

Finalmente, el tribunal de la Audiencia ha considerado que Robert e Ion son culpables de un delito de Lesiones y Amenazas y señala, en relación a los daños producidos a la víctima, que “… admite modulaciones en supuestos de menor entidad, en atención a la relevancia de la afección o a las circunstancias de la víctima, debiéndose considerar, de acuerdo con la sentencia citada, que se han de tener en cuenta como parámetros interpretativos la relevancia de la afectación y la situación que tuviera anteriormente las piezas afectadas. Si tenemos en cuenta que la víctima carecía de piezas dentales en la parte frontal de arriba, y alguna de abajo, no se debe considerar la inexistencia de deformidad a los efectos del art. 150 del Código Penal , quedándonos únicamente con un perjuicio estético leve como ha sido calificado por el médico forense].

En base a ello, Robert e Ion han sido condenados a un año de prisión y al abono conjunto de  3.642 euros. Además deberán pagar una multa de 90 euros por el delito de Amenazas.

 

 

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