Un lector de Cartagena de Ley, en referencia a la sentencia de la sección tercera de la Audiencia Provincial en Murcia, que anula otra anterior de Lo Penal número 2 de Cartagena, invita a hacer una reflexión tras leer el fallo judicial.
"Invito a una reflexión. Leyendo la sentencia de la Audiencia que publican en su noticia: ¿Por qué si entienden que es una falta por no haber actuado el autor con ánimo de subyugar o dominar a la víctima al final acaban poniendo una orden de alejamiento y prohibición de comunicar cuando al ser una falta no es obligatorio? ¿No será que al final la propia Audiencia se "autoprotege" por si el condenado acaba cometiendo un delito más grave para que no puedan reprocharla nada?
Afortunadamente, según parece, ese criterio de la Audiencia no es seguido por todos los Jueces de lo Penal de la Región en un tema tan importante y delicado como éste, al menos en Cartagena..."
Prohibida la publicación de fotografías de este diario digital con la marca 'CYA' en cualquier publicación o en Internet sin autorización.