Jueves, Julio 04, 2024
   
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Aclarada la propiedad de un terreno en Alumbres

El juez de Primera Instancia número 5 de Cartagena ha desestimado la reclamación de un matrimonio sobre un trozo de terreno de 15.000 metros cuadrados en Alumbres que años después de adquirir una finca pensaron que era de su propiedad.


Lo detalles del juicio se pueden leer en:

 

Litigio por un trozo de terreno de Alumbres

El matrimonio adquirió a una empresa agrícola un terreno en Alumbres en 1998 y años después, al solicitar una nota registral, se dan cuenta que les faltan 15.000 metros cuadrados de lo que pagaron, por lo que deciden recurrir a los juzgados para llevar a cabo un Acto de posesión sobre el terreno, estando asesorados por el letrado Mariano Oliver Sánchez y el procurador Alejandro Valera. Tras la convocatoria de un acto de conciliación al que no se presentó el demandado, se llegó al juicio en el que como pruebas aportó los títulos de propiedad del Registro de la Propiedad y del Catastro, junto a la escritura de Repsol (los terrenos pertenecieron a esa empresa) donde están bien delimitada la parcela.

El juez Carlos Martínez Robles, en su sentencia, indica:

"Los actores adquirieron un cuerpo cierto, con independencia de su extensión. Una vez compran, la escritura pública es de fecha 17 de Diciembre de 1998, proceden casi de inmediato al vallado, como así afirma una testigo, y curiosamente no sólo dejan fuera de la valla la porción de terreno que ahora reclaman, sino que se respetaron los mojones que anteriormente había puesto Repsol. Estos mojones delimitaban las propiedades de Repsol y Hacienda de La Cruz SA, tras una permuta de terrenos entre ambas en que disminuyó la extensión de la parcela 152, según han dejado claro en el acto del juicio la referida testigo, quedando las fincas como refleja el plano que obra al folio 108 de autos, de fecha 14-10-1996, al que curiosamente ajustaron su vallado los actores (...) Por tanto, los demandantes sólo compraron lo que ahora poseen, no estaba incluido en el cuerpo cierto adquirido la parte que ahora reivindican, y hasta tal punto eran conscientes de ello que sólo vallaron lo realmente adquirido, respetaron los mojones, no han realizado acto dominical alguno y hasta unos siete años después de la compra no han iniciado, con acto de conciliación, la reclamación que mantienen hasta hoy".

"En cuanto a los datos que obran en el catastro hay que recordar que éstos no son definidores de las propiedades, es una oficina puramente administrativa y con fin recaudatorio y no de determinación de la propiedad, por lo que no pueden servir sus datos para determinar el dominio al margen de otros títulos, pruebas y criterios".

 

 

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