Jueves, Julio 04, 2024
   
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Amenazas e injurias entre la hija del dueño de una empresa y un ex empleado

La Audiencia Provincial en Cartagena ha revocado parcialmente una sentencia de San Javier condenatoria para dos personas que mantuvieron varios conflictos tras el despido de uno de ellos.


Los hechos ocurrieron en abril de 2009, cuando el hombre (denunciado-denunciante), tras ser despedido de la empresa en la que trabajaba, acudía asiduamente a la misma intimidando de forma amenazante a la mujer (denunciante-denunciado), hija del dueño y empleada de la empresa. Estas situaciones provocaron un ataque de ansiedad de la mujer.

A su vez, la mujer, en varios encuentros fortuitos en plena calle con el hombre, le manifestó lo siguiente: “sabes que te tengo sentenciado, te voy a limpiar”, “eres un cabrón y un hijo de puta, te tengo que limpiar”.

En el fallo de la sentencia del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de San Javier, donde se llevó el caso, se condena a ambos como autores responsables de la falta de amenazas con una multa de 90 euros y la prohibición de aproximarse a menos de 200 metros de la otra persona. Se condena, además, a la mujer por una falta de injurias con una multa de 90 euros.

En el recurso de apelación de la letrada del hombre, Mª Esther Martos Moreno, alega además de otros hechos, que sólo se tuvieron en cuenta las declaraciones de la mujer y de su pareja sentimental, sin que hayan declarado otros testigos.

En el fallo de la Audiencia Provincial, se revoca, en parte, la sentencia apelada, en lo que se refiere a la condena por la falta de amenazas, que fueron condenados ambos, en la que la pena será de una multa de 48 euros, eliminando la prohibición de aproximación entre ellos. Se mantiene la condena a la mujer por una falta de injurias.

 

 

 

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